24 de noviembre de 2024
Actualidad

El 24 de junio, elecciones a presidente de la Real Federación de Cofradías.

Foto GRANADA COFRADE
Foto GRANADA COFRADE

Las elecciones a presidente de la Real Federación de Cofradías serán el 24 de junio, martes, en la sede federativa. Del 27 de mayo al 9 de junio podrán presentarse las candidaturas atendiendo a los Estatutos Federativos. El pleno de anoche pudo conocer en cuanto a las incidencias de la pasada Semana Santa que no habrá sanciones pero se amonestan a cuatro cofradías, las del Cristo del Trabajo, Oración en el Huerto, Perdón y Favores por ser reincidentes en el retraso de salida de la calle Ganivet. En cuanto a las cuentas federativas, habrán de ser censadas por los hermanos mayores Enrique González y Manuel Cañavate, designados por el pleno de hermanos mayores y se conoce, en principio, que se ha producido un superávit de más de treinta y un mil euros, repartiéndose en total entre las cofradías, 48.000 euros.

En el pleno de hermanos mayores, primero tras la última Semana Santa, se pusieron también algunas quejas de los máximos responsables de las cofradías entre ellas la retirada del Ejército en la procesión del Santo Entierro en la Catedral, cuando los responsables militares habían acordado con el Arzobispado que no sería así. También sobre el espacio dejado para las bandas de música y formaciones militares para no entrar en Catedral y otros asuntos referentes a opiniones en algún medio informativo con respecto a la cofradía del Resucitado, de Regina Mundi. Hasta el 30 de mayo podrán inscribirse los voluntarios para el Economato Solidario de las Cofradías y el curso cofrade se clausurará el 25 de junio próximo, al siguiente día de las elecciones a presidente.

Reproducimos a continuación el extracto de los Estatutos Federativos por los que se rige el proceso electoral a presidente de la Real Federación de Cofradías:

ARTÍCULO 10º.- Miembros electores.

 En las elecciones previstas en los presentes Estatutos, serán miembros electores los Hermanos Mayores, o representantes debidamente facultados mediante carta firmada, de las distintas Hermandades o Cofradías federadas.

                ARTÍCULO 11º.- Miembros elegibles:

 

1)       Los Cargos de responsabilidad dentro de esta Real Federación, tales como los de Presidente o miembro de la Junta de Gobierno, deberán ser ocupados por aquellos “Cofrades y Hermanos que se distingan por su vida cristiana personal, familiar y social, así como por su vocación apostólica. Ellos deben dar ejemplo y ser estímulo para los demás Cofrades y Hermanos, participando cada domingo en la celebración de la Eucaristía, recibiendo con frecuencia el sacramento de la Penitencia o confesión, siendo esposos y padres ejemplares……” (Carta Pastoral de los Obispos del  Sur de España (1988) núm. 37).

 

2)       Son miembros elegibles los Hermanos/Cofrades pertenecientes a cualquier      Hermandad o Cofradía de las federadas que reúnan los siguientes requisitos:

 

a)       Ser mayor de edad.

b)       Ser Hermano/Cofrade Activo con una antigüedad de, al menos, tres años, en el escalafón de la respectiva Hermandad o Cofradía.

c)       Tener su domicilio en Granada o su zona de influencia, salvo que el Ordinario disponga otra cosa.

d)       En el caso de Presidente, será de aplicación, además de lo dispuesto en el Can. 317.4, acreditar una experiencia en tareas de gobierno en alguna Hermandad o Cofradía de ocho años.

 

 

                ARTÍCULO 25º.- El Presidente.

 

1.  “Para ser candidato a Presidente se requiere una especial ejemplaridad de vida y costumbre, una afectuosa relación con la Iglesia y sus Pastores, así como un conocimiento de la programación pastoral diocesana…..”  (Normas para la renovación cristiana de las Hermandades y Cofradías… (1993, 1.3 b).

2.       El Presidente, en cuya elección no debe contar nunca el criterio del poder o de la influencia social, deberá ser reconocido especialmente por su sentido cristiano y eclesial.

 3.       El Presidente estará al frente de la Real Federación de Hermandades y Cofradías de   Semana Santa de la Ciudad de Granada, con todas sus atribuciones, derechos y obligaciones, desde el momento en que es nombrado o confirmado como tal, mediante notificación por escrito del Ordinario de la Diócesis (Can. 317.1)

 

                ARTICULO 27º.- El Presidente es nombrado por el Ordinario diocesano (Can. 317). Este nombramiento puede hacerse por confirmación del elegido o propuesto por la Junta General o por designación directa.

 

                ARTICULO 29º.- Para la elección de Presidente se citará a Junta General, con carácter extraordinario, a todos los miembros electores, conforme al artículo 10º, al menos con un mes de antelación. Durante dos semanas la Junta de Gobierno recibirá las candidaturas de aquellos miembros elegibles que reúnan las condiciones descritas en el artículo 11 de los presentes Estatutos, sometiéndolas a la consideración del Ordinario antes de proceder a la elección.

 

                ARTICULO 30º.- Para que la elección sea válida se actuará conforme se establece en los números 7), 8) y 9) del artículo 15 de los presentes Estatutos. Se efectuará votación aunque hubiese una sola candidatura.

 

                En este caso queda excluido el Voto de Calidad del Presidente previsto en el número 8 del artículo 15º.

 

                ARTICULO 31º.- En caso de empate, se tendrá por elegido el de mayor edad.  Las dificultades que se puedan presentar serán resueltas conforme a los Cánones 164 a 179.

 

                Consecuentemente, a efectos de lo previsto en los citados artículos, los interesados deberán acreditar los requisitos exigidos en las letras b) y d) del  número 2. del Artículo 11º, mediante Certificación expedida por el Secretario de la Hermandad, con el Vº Bº del Hermano Mayor.

 

                De igual manera y a efectos de lo establecido en el artículo 10º, anteriormente citado, se ruega de los Hermanos Mayores, envíen  comunicación a esta Federación, por escrito, de la persona que, en caso de ausencia, haya de sustituirle en esta Junta General.

 

                El plazo de dos semanas para la presentación de candidaturas, conforme se establece en el Artículo 29º,  dará comienzo el día 27 de Mayo de 2014 y finalizará el día 9 de Junio de 2014, a las 21,00 horas. Dicha presentación se realizará en los locales de esta Real Federación, Plaza de los Lobos, 12 –Centro Ágora-, en horario de 20,00 a 21,00 horas.  Dado que posteriormente al vencimiento del plazo, habrán de someterse las candidaturas a la consideración del Ordinario, se comunica lo inaplazable de dicha fecha.