28 de abril de 2024
Actualidad

El Arzobispado firma el decreto de suspensión de las estaciones penitenciales el día 30 de diciembre y lo envía a las hermandades ayer lunes

Que «las cosas de palacio van despacio» es totalmente cierto. No erraba el refranero español con este dicho pero lo que no especificaba era si el Palacio era de gestión eclesiástica o civil. Parece confirmado que era lo primero, porque en Palacio remitieron a las hermandades y cofradías el contenido del decreto arzobispal suspendiendo las estaciones penitenciales en la jornada de ayer. Está firmado por el prelado Martínez Fernández con fecha 30 de diciembre, el mismo día que se remitió la nota de prensa anunciando lo mismo que dice el decreto, en cinco líneas. El decreto es muy similar al emitido por el Arzobispado de Sevilla un día antes, el 29 de diciembre.

También resulta significativo que el mismo se enviara a la vez a la Federación de Cofradías y a las 32 hermandades de la ciudad lo que deja realmente fuera del entorno de consenso al máximo organismo cofrade de la ciudad, sin darle siquiera la ventaja de poder comentar o aclarar los términos del mismo.

Otro asunto del decreto: la suspensión de los procesos electorales. Ya que imitan los modelos de orillas del Guadalquivir podrían también seguir su estela en cuanto a la suspensión de procesos electorales. En la capital hispalense sí que se han permitido con las garantías sanitarias de cada momento, lo que hace que esta situación con un año ya sin poderse convocar lleve al cansancio y falta de previsión de las actuales juntas de gobierno de más de una decena de cofradías en esta situación. Aún así, el decreto viene a confirmar que no será hasta Pascua de Resurrección cuando puedan celebrarse los mismos puesto que se atiene al decreto del 8 de octubre que prorroga los mandatos hasta después de Semana Santa.

Reproducimos el decreto arzobispal íntegro:

Decreto por el que quedan suspendidos todos los actos y celebraciones organizados por parroquias, hermandades y cofradías, asociaciones de fieles u otros grupos de fieles que tengan carácter de culto externo y en general todos aquellos que se haga uso de la vía pública en la Diócesis de Granada.  

FRANCISCO JAVIER MARTÍNEZ FERNÁNDEZ
POR LA GRACIA DE DIOS Y DE LA SEDE APOSTÓLICA
ARZOBISPO DE GRANADA
DECRETO POR EL QUEDAN SUSPENDIDOS TODOS LOS ACTOS Y CELEBRACIONES ORGANIZADOS POR PARROQUIAS, HERMANDADES Y COFRADÍAS, ASOCIACIONES DE FIELES U OTROS GRUPOS DE FIELES QUE TENGAN CARÁCTER DE CULTO EXTERNO Y EN GENERAL TODOS AQUELLOS QUE SE HAGA USO DE LA VÍA PÚBLICA EN LA DIÓCESIS DE GRANADA.

Debido a las circunstancias excepcionales creadas por la epidemia de Covid -19, la persistencia de los altos niveles de incidencia de la enfermedad, junto con las provisiones para los próximos meses y las decisiones tomadas por otras diócesis vecinas, después de ser consultadas las autoridades civiles y sanitarias, se desaconseja la concentración de grupos de personas, así como la libre circulación por la vía pública, y oído los órganos diocesanos competentes, por medio del presente,

DECRETO

1. Quedan suspendidos todos los actos y celebraciones organizados por parroquias, hermandades y cofradías, asociaciones de fieles u otros grupos· de fieles que tengan carácter de culto externo y en general todos aquellos que se haga uso de la vía pública en la Archidiócesis de Granada, hasta que no se decrete lo contrario.
2. Ante la celebración de la Semana Santa, semana mayor de la Iglesia, durante la cual se celebra el Triduo pascual, corazón del año litúrgico, se exhorta los fieles de la Archidiócesis de Granada a vivir con hondura e intensidad renovada los misterios que se celebran en la Semana Santa, en particular en el Triduo pascual, conscientes del misterio de salvación por la fuerza de la fe creída y vivida, infundida por el Espíritu Santo en nuestros corazones. El misterio de nuestra redención que celebramos se hace presente en la comunidad eclesial diocesana.
3. En relación a los actos de culto, litúrgicos y de piedad o devoción, que se celebren en las Parroquias y otros lugares de culto se seguirá la normativa y disposiciones sanitarias vigentes que se indiquen en cada momento.
4. Se mantiene la prorroga del plazo de vigencia de los cargos de representación oficial de todas las hermandades y cofradías de la Archidiócesis de Granada, establecido por la Vicaria Episcopal para Hermandades y Cofradías de la Archidiócesis de Granada, por Decreto del ocho de octubre del dos mil veinte.

Exhorto a todos los miembros de las Hermandades y Cofradías de la Archidiócesis para que, desde el servicio y colaboración, activa y generosa, de cada uno de sus miembros, todos los proyectos y actividades de las mismas se realicen desde un espíritu de amor y comunión con la Iglesia, así como intensificar la vida cristiana desde una verdadera fraternidad, dando testimonio de evangelización y de caridad.

Entréguese un ejemplar de este Decreto a la Real Federación de Hermandades y Cofradías de Semana Santa de la Ciudad de Granada, envíese copia a las Hermandades y Cofradías, a los párrocos y, guárdese otro ejemplar en el Archivo de la Curia Metropolitana.

Dado en Granada, a treinta de diciembre del dos mil veinte.

+ Javier Martínez
Arzobispo de Granada