24 de noviembre de 2024
Actualidad

El primero de octubre será el cabildo de elecciones en la cofradía de Jesús de la Paciencia

Ya está abierto el plazo de presentación de candidaturas que expira el 20 de sept02iembre

Al cumplirse los cuatro años de mandato de la actual Junta de Gobierno, de conformidad con lo establecido en los Estatutos de la Hermandad vigentes y una vez solicitado el correspondiente permiso a la Autoridad Eclesiástica, la Junta de Gobierno que preside Fernando García acordó convocar cabildo general ordinario de elecciones que tendrá lugar el viernes, primero de octubre de 2021.

La Junta de Gobierno ha dispuesto las siguientes normas para el desarrollo del proceso, siempre de acuerdo con lo contemplado en los Estatutos:

1.- Hermanos con derecho a voto:

Tendrán derecho a voto todos los hermanos activos que se encuentren al corriente de pago de cuotas. Aquellos que cumplan dichos requisitos recibirán en su domicilio o dirección de correo electrónico la correspondiente citación.

2.- Exposición del censo de electores:

Se procederá a la exposición del censo de hermanos con derecho a voto, al objeto de que los que deseen puedan confirmar su presencia en dicho censo, así como la corrección de sus datos personales. Dado que la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, impone un deber de confidencialidad sobre los datos relativos a la pertenencia a Asociaciones Religiosas, que hace inviable su exhibición pública con carácter general, la comprobación del censo se efectuará de manera individualizada durante los viernes días 3, 10 y 17 de septiembre en horario de 20 a 21 horas o a través del correo electrónico de la Secretaría de la Hermandad desde el día 30 de agosto al 20 de septiembre y solo afectará a los datos del hermano consultante. Durante este plazo los hermanos con cuotas pendientes podrán ponerse al corriente del pago de las mismas.

3.- Presentación de candidaturas y requisitos de los candidatos.

Conforme establece el artículo 40 de nuestros Estatutos corresponde al Cabildo de Hermanos la elección del Hermano Mayor. El plazo para presentar las candidaturas será del 30 de agosto hasta las 21h del 20 de septiembre, realizándose personalmente por el hermano candidato en solicitud firmada, a través del correo electrónico de la Secretaría General dentro de los días indicados o presencialmente en la Casa de Hermandad los viernes días 3, 10 y 17 de septiembre de 20 a 21 horas. Se entregará justificante de haber sido presentada la misma.

De conformidad con nuestros Estatutos, para  ser  candidato  a  Hermano  Mayor  se  requiere  una  especial  ejemplaridad  de  vida y  costumbres,  una  afectuosa  relación  con  la  Iglesia  y  sus  Pastores,  así  como  un  conocimiento  de  la programación pastoral diocesana y parroquial” (Normas para la renovación cristiana de las Hermandades y Cofradías…,) (1993), 1.3 5 ). Igualmente, deberá cumplir las condiciones  del artículo 15 de nuestros Estatutos.

La Secretaría informará a la Junta de Gobierno de las candidaturas que se hayan presentado, la cual procederá a su aprobación o rechazo en virtud de que cumpla o no con los requisitos y condiciones expuestos, haciéndose pública la decisión a los efectos oportunos.

4.- Desarrollo del Cabildo.

Presidirá la mesa electoral la Autoridad Eclesiástica, la Secretaria General de la Hermandad y el Hermano Mayor en funciones o, en su representación, cualquier miembro de la Junta de Gobierno en funciones. Cada una de las candidaturas presentadas podrán nombrar a un representante de la misma en la mesa electoral, el cual tendrá voz pero no voto.  El Cabildo se celebrará en la Iglesia de San Matías el viernes 1 de octubre dando comienzo a las 19 horas en primera convocatoria. La mesa electoral estará abierta hasta las 22 horas. La votación será personal y secreta mediante papeletas y será imprescindible la presentación del DNI.

El Cabildo se constituirá en primera convocatoria con la mayoría absoluta de los convocados y en segunda convodatoria con los asistentes (art. 41). Resultará elegido el candidato que obtenga, en primera votación, mayoría absoluta de los asistentes y en segunda votación, mayoría simple. Se hará votación aunque no haya candidatos (art. 42). Finalizado el Cabildo se levantará acta del mismo, de la que se enviará copia a la Autoridad Eclesiástica.

 

5.- Voto por correo.

Siguiendo las directrices de la Vicaría Episcopal de Hermandades y Cofradías de nuestra diócesis no se admite el voto por correo, por no estar conforme a lo establecido en el Código de Derecho Canónico, ni expresamente permitido en el Estatuto Marco, ni en las normas estatutarias de la Hermandad.

 

6.- Información para los candidatos.

En aplicación estricta de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales, no se proporcionará a ninguna de las candidaturas concurrentes información sobre los datos contenidos en el censo de hermanos con derecho a voto. No obstante y para garantizar a todos los hermanos la adecuada información sobre las candidaturas concurrentes, se pondrán a disposición de las mismas la posibilidad de enviar un documento con las propuestas de cada una, sufragada y distribuida desde la propia Secretaría de la Hermandad.